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Según el artículo 189 de la iniciativa: “los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso los autorizados están obligados a proporcionar la localización geográfica en tiempo real, de cualquier tipo de dispositivo de comunicación a solicitud de los titulares de las instancias de seguridad o de los servidores públicos en quienes se delegue esta facultad”. Además, según el 197 las compañías que presten servicios de comunicación estarán obligadas a: “Bloquear, inhibir o anular de manera temporal las señales de telecomunicaciones en eventos y lugares críticos para la seguridad pública y nacional a solicitud de las autoridades competentes”
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#ContraelSilencioMX: una iniciativa contra la censura de Internet en México